Amparo a coimputado de Javier Corral obliga a reponer procedimiento penal en Chihuahua.

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La Jueza Décimo de Distrito ordena al juez de control local admitir su falta de competencia material sobre el caso.

La legalidad de la causa penal 3050/2024 quedó bajo serios cuestionamientos constitucionales. Una jueza de amparo resolvió que el mandato de captura dictado contra el empresario José Pedro López Elías violó las reglas básicas de competencia judicial. Esto obligará a una reconfiguración total del expediente que involucra al exgobernador Javier Corral. La jueza Madhay Soto Morales emitió el fallo basándose en la resolución de enero de 2026 de un Tribunal Colegiado de Circuito. Dicha instancia determinó que las conductas investigadas debían ser ventiladas exclusivamente en la jurisdicción federal. Consecuentemente, el juez local carecía de jurisdicción ordinaria tanto para el exmandatario como para los asesores externos del despacho López Elías Finanzas Públicas. La sentencia federal impone tres obligaciones concretas al juzgado local del Distrito Morelos: primero, invalidar la orden del 18 de enero de 2025; segundo, dictar un nuevo auto de análisis competencial; y tercero, resolver formalmente que se encuentra impedido para ordenar la detención del empresario por razones de materia federal. Este riguroso procedimiento técnico pone de relieve el principio de legalidad, según el cual las autoridades únicamente pueden hacer aquello que la ley les faculta.

Es imperativo señalar que este juicio de amparo no entró al fondo de la acusación ni emitió un dictamen sobre la existencia del delito. Se limita a redirigir los autos del proceso al fuero constitucional idóneo.

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