Autoridades implemenran distintas multas buscando mejorar la conducción de los ciudadanos.
Dentro de los principales causantes de accidentes automovilísticos se encuentra el uso de dispositivos electrónicos como los teléfonos celulares, por lo que las autoridades buscan constantemente disminuir su uso durante la conducción mediante la implementación de distintas multas cuando se es sorprendido con la mano en un aparato de estos y no en el volante.
Estos puntos se encuentran contenidos en el Reglamento de Tránsito Municipal que se encuentra dentro del Código Reglamentario Municipal (Coremun), siendo los uniformados pertenecientes a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) los que están facultados para levantar infracciones, de las cuales a continuación te hablamos más al respecto para que lo pienses dos veces.
Es específicamente en el artículo 294 de la mencionada legislación en el que se habla de las prohibiciones para los conductores de vehículos motorizados, siendo específicamente en la fracción VII donde se señala que no se puede “Conducir usando cualquier instrumento que pueda distraer al conductor y ponga en riesgo la seguridad de los pasajeros y peatones, tales como teléfonos celulares, radios de comunicación, televisores, computadoras portátiles, periódicos, agendas o cualquier otro objeto similares a éstos”.
En este mismo apartado que quedan exentos de esta norma cuando el vehículo sean ambulancias, carros de bomberos, patrullas, unidades de emergencia o vehículos de transporte de carga y distribución de mercancías, en el supuesto de radios de comunicación, mientras que en la fracción XI se prohíbe “Llevar entre sus manos alguna persona, dispositivo móvil, animal, bulto o permitir intromisiones sobre el control de dirección”.
Además de que para aquellos que consideran como óptimo el uso de manos libres, en la fracción XV se prohíbe “Conducir usando audífonos o con el volumen de algún aparato de sonido de tal manera que éste se escuche en el exterior del vehículo”, por lo que en general no está permitido conducir ningún vehículo con algún distractor.
En lo que respecta a las sanciones por desacatar estas las reglas antes mencionadas, el mismo reglamento estipula que en el caso de conducir haciendo uso de cualquier instrumento que pueda distraer al conductor y ponga en riesgo la seguridad, la multa será equivalente al valor diario de 8 a 12 unidades de medida y actualización (UMAS) es decir de entre 829.92 y 1,244.88 pesos.
Sobre las multas por tener en las manos alguna persona, bulto o permitir alguna intromisión sobre el control de dirección, la multa contemplada dentro del Reglamento de Tránsito es equivalente al valor diario de 8 a 12 unidades de medida y actualización (UMAS) es decir de entre 829.92 y 1,244.88 pesos, al igual que en la infracción anterior.
Finalmente, en el caso de conducir haciendo uso de audífonos o con el volumen de algún aparato de sonido de tal manera que éste se escuche en el exterior del vehículo, la normativa establece que el monto a pagar por el infractor es del valor equivalente al valor diario de 4 a 8 unidades de medida y actualización (UMAS), es decir entre 414.96 y 829.92 pesos.